SERVICIOS EN DERECHO FAMILIAR

ALIMENTOS


Los alimentos son normas de orden público, comprenden los satisfactores necesarios para subsistir. Los alimentos consisten en la asistencia debida para el adecuado sustento de la persona, por lo que, desde el punto de vista jurídico, no solo comprende las cosas que el ser humano come o bebe para sobre vivir, esto es, la alimentación, sino también todos aquellos elementos necesarios para que se desarrolle y viva con dignidad, lo que implica, entre otras cosas, cubrir sus necesidades de vivienda, instrucción y asistencia médica.

¿QUIÉNES TIENEN DERECHO A RECIBIR ALIMENTOS?

  • Las y los hijos menores de edad o mayores de edad que dediquen al estudio.
  • Los discapacitados.
  • Los adultos mayores.
  • La cónyuge o concubina que se haya dedicado cotidianamente al cuidado del hogar.
  • El cónyuge o concubina que se encentre imposibilitado física o mentalmente para trabajar.

Ponte en contacto con nosotros, si requieres Asesoría Legal Profesional, en ASEL, te ofreceremos los servicios de un Abogado experto en Pensión Alimenticia; atendemos en el Área de Toluca, Metepec y Alrededores.

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